3 · 2 · 2025
Nueva sentencia declara nulo el IRPH en una hipoteca de hace 30 años: el banco tendrá que devolver lo cobrado de más
Autor: Equipo ArriagaEl Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Pamplona se suma a la lista de órganos judiciales que dan la razón a los consumidores afectados por el IRPH. Esta nueva sentencia sienta un precedente importante pues incluye los argumentos de Europa y se refiere a una hipoteca firmada hace casi tres décadas.
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El tribunal considera que el IRPH no fue transparente
El Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Pamplona, acaba de dictar una sentencia dando la razón a los consumidores. En ella, recoge los argumentos de Europa y declara la nulidad del IRPH establecido en una hipoteca de hace casi 30 años.
La jueza entiende que la entidad no fue transparente a la hora de comercializar la hipoteca, pues no informó debidamente al cliente:
- no negoció de forma individualizada
- no suministró información sobre la evolución pasada del índice
- no ofreció alternativas ni comparativas
- No indicó dónde obtener información sobre el IRPH
En definitiva, el consumidor no contó con la información necesaria para conocer lo que suponía contratar su hipoteca bajo ese índice y no otro.
¿Qué pasa cuando el IRPH se declara nulo?
En la sentencia también se alude a otra de las indicaciones del TJUE y es que, una vez considerado nulo el IRPH, la jueza insta al consumidor a que decida si poner fin al contrato, o sustituir el IRPH por el Euribor, manteniendo el diferencial. En este caso, el cliente recupera todas las cantidades pagadas de más respecto al Euribor.
Otra sentencia en la misma línea: el caso de Arrecife
Con esta, ya son dos las sentencias que conocemos en materia de IRPH tras la última resolución de Europa. A finales de enero conocíamos también la sentencia del JPI nº 5 de Arrecife, que igualmente declaraba la nulidad del IRPH y acordaba la devolución al cliente de todo lo indebidamente abonado en comparación con el Euribor. Los argumentos que utiliza son similares, pues entiende que la cláusula no es transparente, ya que no se le entregó al consumidor la evolución pasada del IRPH los 2 años anteriores a contratar, además considera que el cliente ha sufrido un perjuicio, pues atendiendo a esa evolución pasada, se podía comprobar que el IRPH era más caro que otros índices.
Precaución: aún cabe recurso
Debemos tomar toda esta información con cautela, pues son dos sentencias de juzgados de primera instancia en donde la entidad aun está en plazo para recurrir, pero en definitiva, son pasos hacía adelante y grandes noticias para los consumidores.
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