Las cláusulas suelo en empresas: Estado de cara a 2017
Autor: Equipo ArriagaEn las últimas semanas miles de afectados por cláusula suelo se han sumado a los que ya habían acudido a la vía judicial durante el 2016. Este paso adelante tiene que ver con la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo, que se posicionó del lado del consumidor, haciendo posible que recupere su dinero desde la apertura de la hipoteca (es decir, con retroactividad total).
Esta noticia no sólo afecta positivamente a los consumidores, también supone un espaldarazo para las empresas que sufren la cláusula abusiva y abonan mensualidades injustas. En este post explicaremos el porqué.
Legitimación de las empresas para la reclamación de la nulidad de la cláusula suelo
Tanto la mencionada sentencia como la Sentencia del TS de fecha 9 de mayo de 2013 sólo hacen referencia a las cláusulas suelo incluidas en préstamos con garantía hipotecaria suscritos por consumidores.
Entonces, ¿cómo afecta la cláusula suelo a las empresas y negocios?
La legislación española deja fuera del concepto de “consumidor” a las empresas por no ser “personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que actúen sin ánimo de lucro en un ámbito ajeno a una actividad comercial o empresarial”. Sin embargo, esto no supone la falta de protección de las mercantiles frente a la abusividad de cláusulas que deberían ser declaradas nulas.
La nulidad de la cláusula suelo de las empresas podrá ser reclamada al amparo de la Ley de Condiciones Generales de la Contratación (LCGC), que se basa en la nulidad fruto de su carácter abusivo y la consecuente recuperación de las cantidades que fueron abonadas indebidamente.
La abusividad de la cláusula suelo en la hipoteca de empresas
Algunos de los motivos que determinarán la abusividad de la referida cláusula son:
- la falta de reciprocidad interpartes
- la predisposición de la cláusula suelo por parte de la entidad bancaria
- la falta de control de inclusión y transparencia o
- la ausencia de negociación individual de ésta
Debemos señalar que existe numerosa jurisprudencia fallando a favor de las empresas, declarando la nulidad de las cláusulas suelo contenidas en escrituras de préstamo hipotecario suscritas por mercantiles. Algunos ejemplos son la SAP de Córdoba de 18 de junio de 2013 o la SAP de Huelva 21 de marzo de 2014.
Efectos de la declaración de nulidad en las cláusulas suelo de empresas
La incompatibilidad con el Derecho de la Unión que establece el TJUE en cuanto a la limitación de los efectos de la nulidad declarando la retroactividad total, así como la consecuente devolución de cantidades abonadas indebidamente desde el inicio del préstamo, solo afecta directamente a los consumidores.
Sin embargo, estos argumentos pueden ser extensibles a los casos de cláusulas suelo contenidas en préstamos hipotecarios suscritos por empresas, lo que supone que éstas pueden recuperar los importes pagados de más desde la firma del referido préstamo.
Este es el estado de la cláusula suelo en las empresas en el año 2016. En caso de duda, te asesoramos sin compromiso en nuestras oficinas o en el teléfono gratuito 900 264 600.