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Por fin se hace justicia con los cooperativistas afectados.

Autor: Equipo Arriaga

*Según la Ley 57/68, las entidades financieras o cajas de ahorros tenían y tienen la obligación de exigir a las cooperativas o promotores que abran cuentas para ese fin concreto, que realicen un seguro con una entidad solvente, o que aporten un aval bancario.

 

Gracias a los recientes argumentos expuestos por el Tribunal Supremo, por fin se hace justicia con los cooperativistas de viviendas afectados en estos últimos años.

Con la llegada de la crisis, las cooperativas españolas comenzaron a desaparecer sin rendir cuentas con sus cooperativistas. En España hay miles de familias afectadas por las cooperativas fraudulentas. Ciudadanos que invirtieron una media de 30.000 euros, lo que implica más de 3.000 millones de euros estafados.

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Miles de familias apostaron por la fórmula de la cooperativa de vivienda.

FUENTE. flickr.com

¿Puedo recuperar el dinero invertido?, ¿y si no tengo un seguro de caución?, ¿la justicia me dará la razón?.

La respuesta es SI. Según la Ley 57/68, las entidades financieras o cajas de ahorros tenían y tienen la obligación de exigir a las cooperativas o promotores que abran cuentas para ese fin concreto, que realicen un seguro con una entidad solvente, o que aporten un aval bancario. Unas pautas a seguir que garantizan la construcción de la vivienda. Por ello, las entidades financieras o cajas de ahorro se han convertido en responsables solidarios subsidiarios respondiendo a las cantidades consignadas de los cooperativistas afectados.  El Tribunal Supremo apoya a todos aquellos cooperativistas que quedaron sin una vivienda que habitar, tuviesen o no, seguro de caución; y de nada sirven los argumentos expuestos por entidades aseguradoras como ASEFA o HCC Europe tratando de eludir responsabilidades. Los cooperativistas entregaron un dinero a cuenta y no llegaron a habitar sus casas, por lo tanto, el importe debe ser restituido. Numerosas sentencias de diferentes audiencias provinciales del país consideraban que el banco o caja debía responder si no se habían exigido las garantías que protegían a los cooperativistas. Pero, desde ahora, el Tribunal Supremo también reconoce la responsabilidad de las entidades financieras por su mala praxis. Por fin se hace justicia con los cooperativistas afectados.

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Por fin se hace justicia con todos aquellos cooperativistas que jamás llegaron a habitar su vivienda al paralizarse su construcción.

FUENTE. flickr.com

Un ejemplo novedoso lo encontramos en la Audiencia Provincial de Burgos, la cual, falla a favor de los 30 cooperativistas afectados. Aunque llegó a finalizarse la edificación, jamás se llegaron a habitar porque las viviendas fueron embargadas por las deudas que contrajo la promotora con la entidad financiera que financió la obra.

¿Eres un cooperativista de vivienda afectado?, ¿todavía no has recuperado el dinero entregado a cuenta?. Confía en Arriaga Asociados, especialistas en derecho bancario y financiero. Llama e infórmate de manera gratuita en el 900 264 600.

 

 

 

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