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Cláusula suelo Caja Rural del Sur: es posible eliminarla y recuperar lo pagado de más

Autor: Equipo Arriaga

Cláusula suelo Caja Rural del Sur

Son muchos los clientes que se han visto afectados por las conocidas cláusulas suelo incluidas en las hipotecas concedidas por Caja Rural del Sur. Como en el caso de otras entidades, dicha cláusula es susceptible de ser revisada judicialmente para declarar su nulidad.

Esto implica que, por un lado, la cláusula suelo no se aplicará desde el momento en que la nulidad se reconoce, y por otro, que deberán devolverse los importes cobrados en exceso de manera irregular en la forma en que establezca el Juez que conozca del asunto.

La vía judicial la más segura

La vía judicial ha cobrado fuerza tras el respaldo que han obtenido en diferentes provincias y en varias instancias multitud de personas que firmaron un préstamo hipotecario que incluía dicha cláusula sin haber sido informados debidamente por la entidad bancaria, tanto en el caso de Caja Rural del Sur como en el de otras que ya hemos tratado con anterioridad.

A la vista de esta confirmación en sede judicial de lo que viene siendo un clamor popular, no son pocos los clientes a los que Caja Rural del Sur se ha acercado para anunciar la eliminación “por propia voluntad” de la cláusula suelo.

Esto, que en principio puede parecer una buena noticia, ha de ser analizado cuidadosamente, en especial en lo que respecta a la retroactividad de la nulidad. Si nos encontramos en este caso, debemos leer cuidadosamente el acuerdo por escrito que nos ofrezca la entidad, y en caso de tener la más mínima duda, o si no estamos conformes, es fundamental solicitar el consejo profesional de un abogado.

¿Conviene aceptar el acuerdo que ofrece la entidad?

Es habitual que estos acuerdos ofrezcan la eliminación de la cláusula suelo desde el momento de la firma del mismo en adelante, pero que no hagan mención alguna a la devolución de las cantidades previamente abonadas de más. Esto, como vemos, choca con lo que se ha venido reconociendo en distintos Juzgados, suponiendo un perjuicio para quien firme el acuerdo.

Del mismo modo, la firma de este acuerdo conlleva la renuncia a emprender acciones legales presentes o futuras, de modo que no podremos reclamar más adelante las cantidades pagadas de más, y en caso de estar inmersos en un procedimiento judicial, se entenderá que desistimos de la acción, procediéndose al archivo del mismo y perdiendo la oportunidad de recuperar esos importes, así como de que la entidad bancaria se haga cargo de los gastos del proceso.

Así pues, hemos de tener cuidado con cualquier documento que pretendan hacernos firmar, y tener muy claro qué nos ofrece este acuerdo y las consecuencias de firmar el mismo si no queremos que, lo que nos anuncian como una solución a nuestros problemas, se convierta en una oportunidad perdida para hacer justicia y recuperar todas aquellas cantidades indebidamente abonadas, tal y como se está consiguiendo por vía judicial.

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